compliance

 

 

El anglicismo, Compliance significa en castellano conformidad o cumplimiento y llevado al mundo jurídico, cumplimiento normativo. El Compliance es la necesidad de que las personas jurídicas se doten de sistemas o modelos de gestión y control orientados a minimizar los riesgos de incumplimiento, es decir, los riesgos de sufrir sanciones, multas, contingencias y daños que afecten a la imagen de la compañía.

Actualmente, la responsabilidad penal de las personas jurídicas se concreta como otra pena adicional a la responsabilidad del autor del delito y, nuestro Código Penal, tipifica más de veinte delitos que son aplicables a las personas jurídicas.

El sistema de Compliance penal protege a la entidad de las consecuencias derivadas de la comisión de un delito en el seno de la misma.

El Código Penal, tras tipificar la responsabilidad de las personas jurídicas, determina la exención de responsabilidad de las mismas cuando se cumplen una serie de condiciones que aseguren unos modelos de organización, gestión, vigilancia y control idóneos.

El elenco de penas aplicables a las personas jurídicas tienen una relevancia que amenaza, en ocasiones, la supervivencia de la misma, aplicables incluso con carácter previo al juicio como medida cautelar, sin olvidar la pena “reputacional”.

El nuevo escenario al que nos enfrentamos obliga de manera directa a las empresas a dar cumplimiento a esta nueva obligación, mediante la implantación de un sistema de control minucioso y personalizado, con el fin de evitar que la persona jurídica incurra en contingencias penales y responsabilidad civil.

Por todo ello, ALEBEA ABOGADOS dirige su labor a supervisar que toda actividad que pueda ser generada por los órganos de dirección, o por los trabajadores de la empresa, en caso de no funcionar el control de dichos órganos, se realice a través de los cauces de las buenas prácticas empresariales.

En definitiva, la función de ALEBEA ABOGADOS será detectar todos los posibles riesgos de una empresa en el ámbito penal, evitando sus consecuencias para la entidad, órganos de dirección y trabajadores, mediante la elaboración y supervisión de unas normas individuales de buena conducta.